Por su propia naturaleza, las facturas electrónicas pueden almacenarse, gestionarse e intercambiarse por medios electrónicos o digitales además de que con el paso de los años se ha comprobado que la factura electrónica es el medio más seguro y económico.
Con fundamento en los artículos 29 y 29-A del CFF, 146 LA, reglas 2.7.1.8 y 2.7.1.9 de la RMF vigente, se deberá emitir el CFDI de tipo de Ingreso con complemento Carta Porte y generar la representación impresa o el archivo digital del mismo, para acreditar la tenencia y el traslado de los bienes o mercancías. Nuestro Add-On cumple completamente con este fundamento.