
La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es una obligación fiscal que los contribuyentes sujetos al Impuesto al Valor Agregado deben presentar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En este brochure te contamos todo lo que necesitas saber para cumplir en tiempo y forma con su presentación y mantener una buena relación con la autoridad fiscal
¿Qué es la DIOT?
Es una declaración que las personas físicas con actividad empresarial y personas morales deben presentar para informar al SAT sobre las operaciones realizadas con proveedores. Se establece en las fracciones V y VIII del artículo 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA). Específicamente, se enfoca en reportar sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en dichas operaciones.
Por medio de la DIOT, el SAT puede monitorear las transacciones comerciales y el cumplimiento en el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las actividades entre proveedores, clientes y acreedores. Es una herramienta de fiscalización para identificar discrepancias y actividades sospechosas que puedan indicar evasión fiscal.
¿Qué implica declarar la DIOT?
Obligaciones
- Presentar la DIOT en los plazos establecidos y a través de los medios que indica la autoridad fiscal.
- Conservar la documentación que respalde las operaciones, incluyendo facturas, notas de venta y demás comprobantes.
Beneficios
- Mayor control fiscal: Al presentar la DIOT, las empresas obtienen un panorama completo sobre sus operaciones comerciales y pueden detectar posibles errores o inconsistencias en su contabilidad.
- Facilita la toma de decisiones: la información contenida en la DIOT puede ser utilizada para analizar el desempeño financiero de la empresa y tomar mejores decisiones de negocio.
¿Qué operaciones debes reportar en la DIOT?
- Enajenación de bienes
- Prestación de servicios profesionales.
- Uso o goce temporal de bienes.
- Importación por transferencia virtual.
- Otros.
¿Qué terceros debes reportar en la DIOT?
- Proveedor nacional.
- Proveedor extranjero.
¿Quiénes están obligados a presentar la DIOT?
- Personas físicas y morales que realicen actos o actividades gravados por la Ley del IVA.
- La Federación, las entidades federativas, municipios y organismos descentralizados.
- Quienes tengan registrada la clave de obligación fiscal correspondiente al IVA.
De igual forma, el artículo 32 de la LIVA establece la obligación para todos aquellos contribuyentes que realicen las actividades enlistadas en el artículo 2-A de la misma ley, referente a las actividades con tasa Cero del IVA. Como son:
- Enajenación de: Animales y vegetales no industrializados; medicinas de patente y productos destinados al consumo humano y animal; entre otros.
- Prestación de servicios independientes.
- Uso u goce temporal de maquinaria y equipo agrícola.
- Exportación de bienes o servicios.
¿Quiénes están excentos de presentar la DIOT?
- Contribuyentes personas físicas o moral en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
- Personas físicas con actividad empresarial, profesional o arrendamiento cuyo ingreso total del ejercicio fue menor a los 4 millones de pesos.
- Las personas físicas con actividad empresarial, profesional o arrendamiento que inicien actividades y estimen ingresos por debajo de los $4,000,000 durante el ejercicio fiscal.
- Contribuyentes persona física en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
Sanciones de no presentar la declaración informativa
De acuerdo con los artículos 81 y 81, fracciones XXVI, del Código Fiscal de la Federación (CFF), no presentar la DIOT, hacerlo fuera del plazo, o presentarla con errores o incompleta puede resultar en una multa que va de los $14,880.00 a los $29,750.00. Además, en caso de una reincidencia, la multa aumentará al 100% por cada incumplimiento.
Novedades 2025 de la DIOT
Anteriormente, era necesario descargar una aplicación desde la cual se generaba el archivo .TXT. que se debía enviar, pero a partir de 2025 se puede realizar la declaración desde el portal del SAT, ingresando al nuevo espacio para el aplicativo.
Además ahora hay los siguientes cambios y actualizaciones en cuanto a la información de la declaración:
- 30 campos nuevos para carga Batch.
- Nuevas claves para operaciones:
- 02 Enajenación de bienes.
- 07 Importación de bienes o servicios.
- 08 Importación por transferencia virtual.
- 87 Operaciones globales.
- Se actualizó el catálogo de país.
- División de IVA Acreditable e IVA No Acreditable.
- Mayor detalle en la información para el IVA No Acreditable.
Periodicidad y plazos para declarar la DIOT
La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) se presenta cada mes inmediato posterior al que corresponda el periodo. Es decir, si vas a presentar tu declaración de enero, tienes hasta el último día de febrero para presentarla. Por otro lado, las personas morales con ingresos por actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y de pesca deben presentarla de forma semestral.
Usa herramientas digitales para gestionar la DIOT
Para evitar inconsistencias a la hora de hacer tu declaración DIOT, la recomendación es contar con herramientas digitales que procesen, integren y mantengan actualizada toda la información contable y fiscal de tu negocio en forma eficiente, segura y confiable. Si bien existen muchas opciones en el mercado, la solución SAP Business One es la mejor opción para realizar esta labor, ya que es adaptable, integral/ ágil.
Automatiza la generación de reportes con SAP Business One
Implementar una herramienta de ERP para contabilidad, como SAP Business One, es imprescindible para gestionar la DIOT, entre otras declaraciones, de manera sencilla, rápida y sin errores.
Gracias a las funciones de SAP Business One, puedes generar tu archivo .TXT para la carga batch y ahorrarte el proceso manual de llenar el aplicativo proveedor por proveedor.
Además, en Eviciti nos actualizamos. La nueva versión de nuestro sistema SAP Business One trae para ti novedades acorde a las modificaciones de la DIOT. Te invitamos a seguir leyendo este brochure.
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